BLINDAJE PATRIMONIAL
3 CASOS REALES, EN DONDE EMPRESAS Y PARTICULARES SE VIERON INMERSOS EN RIESGOS FISCALES, LEGALES Y FINANCIEROS

Producido por Omar Anzurez. May.11 2023

En L&A Corporative Consultants, nos especializamos en proteger el patrimonio de nuestros clientes por medio de los diferentes servicios que prestamos frente a las incertidumbres que amenazan su estabilidad, riesgo o pérdida. Nuestra experiencia nos ha permitido identificar tres grandes riesgos que afectan a empresas y particulares:

1. La incertidumbre legal, que se traduce en la pérdida de confianza en el estado de derecho y puede llevar a graves consecuencias jurídicas y financieras.

2. La incertidumbre fiscal, que incluye la amenaza de auditorías agresivas y los 26 programas de fiscalización que el gobierno ha anunciado para el 2023. En nuestro blog, encontrarás un video detallado sobre estos programas y cómo prepararte para ellos. Además, debemos estar alerta ante la próxima recaudación de 1.2 billones de pesos sin nuevos impuestos ni aumentos.

3. La incertidumbre sucesoria, que se refiere a los desafíos que surgen en la transición del mando en las empresas y la gestión de las relaciones familiares en el ámbito de los negocios.

Te invitamos a ver estos tres videos en los cuales nuestro director comparte su experiencia en casos reales donde empresas y particulares se vieron inesperadamente inmersos en problemáticas fiscales, legales y financieras. A través de estos ejemplos, podrás comprender mejor la importancia de contar con expertos en protección patrimonial, gestión contable, tributaria y fiscal que te ayuden a prevenir y resolver estos tipos de situaciones. No te pierdas la oportunidad de aprender de estas experiencias y tomar medidas preventivas para proteger tu patrimonio. ¡Haz clic en los enlaces y descubre más!

ENTRENAMIENTO EN LOS 26 PROGRAMAS DE FISCALIZACIÓN PARA EL 2023

Producido por Omar Anzurez. Dic. 15 2022

Somos expertos en el conocimiento de la fiscalización en México, ¿Deseas estar preparado para los desafíos que trae el 2023? Entonces, nuestro curso de entrenamiento en los 26 programas de fiscalización para el 2023 es perfecto para ti.

En este curso, aprenderás todo lo que necesitas saber sobre los diferentes programas de fiscalización que existen en nuestro país y cómo prepararte para enfrentarlos. Nuestro equipo de expertos te brindará herramientas prácticas y te guiará en el proceso de aprendizaje para que puedas aplicar lo que aprendas de manera efectiva en tu empresa, negocio o persona.
No pierdas la oportunidad de estar un paso adelante asegura la estabilidad financiera, patrimonial y tributaria y fiscal de tu empresa. ¡Ingresa sin costo a nuestro curso de entrenamiento en los 26 programas de fiscalización para el 2023!
Este taller Esta dirigido a socios, asociados, accionistas, representantes legales, comisarios y personas físicas bajo cualquier tipo de actividad que tengan o no una actividad económica activa y un patrimonio que proteger

 Escrito por Omar Anzurez. Nov. 01 del 2022
Somos expertos en el conocimiento de la fiscalización en México, ¿Deseas estar preparado para los desafíos que trae el 2023? Entonces, nuestro curso de entrenamiento en los 26 programas de fiscalización para el 2023 es perfecto para ti.

En este curso, aprenderás todo lo que necesitas saber sobre los diferentes programas de fiscalización que existen en nuestro país y cómo prepararte para enfrentarlos. Nuestro equipo de expertos te brindará herramientas prácticas y te guiará en el proceso de aprendizaje para que puedas aplicar lo que aprendas de manera efectiva en tu empresa, negocio o persona.
No pierdas la oportunidad de estar un paso adelante asegura la estabilidad financiera, patrimonial y tributaria y fiscal de tu empresa. ¡Ingresa sin costo a nuestro curso de entrenamiento en los 26 programas de fiscalización para el 2023!

Este taller Esta dirigido a socios, asociados, accionistas, representantes legales, comisarios y personas físicas bajo cualquier tipo de actividad que tengan o no una actividad económica activa y un patrimonio que proteger.

Escrito por Omar Anzurez. Oct. 20 2022
Cuando los contribuyentes, responsables solidarios y terceros relacionados con estos, impidan de cualquier manera y bajo cualquier medio el inicio y/o desarrollo de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales, a saber:

- Servicio de Administración Tributaria (SAT),
- Secretarías de Finanzas de las entidades federativas o tesorerías de las entidades federativas, y;
- Organismos fiscales autónomos como lo son el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores

Estará sujetos a lo que dispone el Art. 40 del Código Fiscal de la Federación, que señala claramente las medidas de apremio aplicables, sin embargo, este artículo señala en su primer párrafo que dichas autoridades podrán emplear dichas medidas de apremio “OBSERVANDO ESTRICTAMENTE EL SIGUIENTE ORDEN”

1. Solicitar el auxilio de la fuerza publica
2. Imponer la multa en términos del Código Fiscal de la Federación
3. Practicar el aseguramiento precautorio de los bienes o de la negociación de los contribuyentes, responsables solidarios o terceros relacionados con ellos, respecto de los actos solicitudes de información o requerimientos de documentación dirigidos a ellos.
4. Solicitar a la autoridad se proceda por desobediencia o resistencia

 Cabe señalar que el mismo Art. 40 del Código Fiscal de la Federación distingue que, en el orden antes citado, las autoridades fiscales “NO” aplicarán la medida de apremio prevista en la fracción I (SOLITAR EL AUXILIO DE LA FUERZA PÚBLICA), cuando los contribuyentes, responsables solidarios o terceros no atiendan las solicitudes de información o los requerimientos de documentación que les realicen las autoridades fiscales, o al atenderlos no proporcionen lo solicitado; cuando se nieguen a proporcionar la contabilidad con la cual acrediten el cumplimiento de las disposiciones fiscales a que estén obligados, o cuando destruyan o alteren la misma.

Hemos observado por ejemplo que le son aseguradas cuentas bancarias a los contribuyentes, que, como se puede verificar está en la fracción tercera del multicitado Art. 40 Código Fiscal de la Federación, sin que se haya llevado a cabo el estricto orden y apego de dicha disposición, en la mayoría de las veces sin que se entere el contribuyente y sin un debido acto de autoridad fundado y motivado, violando así el Art. 16 constitucional y el Art. 38 del código Fiscal de la Federación.


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